Minsalud pide investigar al Alcalde de Santa Marta por no contratar con la ESE

A través de una comunicación la Subdirección de Asuntos Normativos del Ministerio de Salud solicita a los entes de control aperturar investigación contra la Alcaldía de Santa Marta, por la violación a la norma del Plan de Inversiones Colectivas, PIC.

El Ministerio de Salud solicitó a través de dicho documento a la Procuraduría General de la Nación, Contraloría General de la República y la Superintendencia de Salud para que adelante una investigación en contra del alcalde Rafael Martínez, por no contratar con el estado los servicios de salud a través de la ESE Alejandro Próspero Revered.

La misiva de la dependencia ministerial soporta lo dicho por el gerente de la ESE Alejandro Próspero Reverad, quien indicó que el Alcalde de Santa Marta incumple totalmente con la normativa legal, al no contratar con esa empresa social desde hace más de 4 años.

“Todo lo que sucede en la ESE sobretodo en la atención sin cobro por falta de contratación nos lleva a la quiebra. Aquí el que le está propiciando un detrimento patrimonial es el Alcalde y eso debe ser denunciado ante los entes de control”, dijo Omar Suarez Prasca.

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La cartera de Salud por intermedio de la Subdirección de Asuntos Normativos del Ministerio de Salud, firmada por Kimberly Zambrano, se refirió a la situación, ante una queja presentada en la que se indica que el Distrito no estaría cumpliendo con el Plan de Inversiones Colectivas, PIC.

Sobre esto hace un llamado de atención a la Alcaldía de Santa Marta sobre la obligación que se tiene con la contratación.

EL DOCUMENTO

El documento a través de varios apartes asegura que no tiene razón el Distrito en incumplir la Resolución 518 de 2015 que establece las intervenciones, procedimientos, actividades e insumos que serán financiados con recursos del Plan de Salud Pública de Intervenciones. Disposiciones que serán de obligatorio cumplimiento por  todos los integrantes del Sistema General de Seguridad Social en Salud – SGSSS.

PLAN PIC

La Resolución 518 define al PIC como un plan complementario al Plan Obligatorio de Salud – POS, que busca impactar positivamente en los determinantes sociales de la salud e incidir en sus resultados.

Esto a través de la ejecución de intervenciones colectivas o individuales desarrolladas a largo del curso de la vida, en el marco al derecho a la salud y lo definido en el Plan Decenal de Salud Pública- PDSP.

Según lo definido en la Resolución 518 el PIC será dirigido y administrado por el Estado.

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