ADEMÁS DEL IVA A LA CANASTA FAMILIAR ¿QUÉ CONTIENE LA “LEY DE FINANCIAMIENTO”?

Conozca los otros alcances del proyecto de polémico proyecto de ley, que también podrían tocar su bolsillo.

El pasado 31 de octubre fue el día “cero” para que el gobierno nacional radicara ante el Congreso la sonada “Ley de Financiamiento”, cuya preparación tomó un trimestre.

Según el gobierno la “Ley de Financiamiento” es necesaria para dar luz verde a los $258,9 billones del Presupuesto General de la Nación para la vigencia de 2019, al que todavía le faltan $14billones.

Como se dio a conocer en el proyecto de ley radicado, la tarifa general del impuesto sobre las ventas (IVA) es de 18%, y a partir del año 2021, la tarifa general del IVA será de es 17%. Así también se estipuló que NO estarían gravados:
-Medicamentos
-Lentes de contacto
-Toallas higiénicas
-Ciertos servicios públicos como agua, energía y gas.

Según expresó el Ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla, Colombia requiere “generar una gran transformación para la equidad, crear muchos empleos, tener un crecimiento económico más robusto y atender y reforzar los prioritarios programas sociales con los que se benefician millones de ciudadanos. Hacia allá apunta esta ley. Se trata de una ley progresiva que busca que aquellos colombianos que reciben más ingresos contribuyan en mayor medida para el funcionamiento del Estado y la redistribución de la riqueza”.

Por otro lado en el texto se estipula gravar “el servicio de expendio de comidas y bebidas preparadas en restaurantes, cafeterías, autoservicios, heladerías, fruterías, pastelerías y panaderías para consumo en el lugar, para ser llevadas por el comprador o entregadas a domicilio. Son responsables del impuesto al consumo el prestador del servicio de expendio de comidas y bebidas, el importador como usuario final, el vendedor de los bienes sujetos al impuesto al consumo y en la venta de vehículos usados el intermediario profesional”.

Se espera que con la universalización del tributo se generen para el próximo año $11,3 billones de los $19,4 billones que se buscan con esta norma.

Respecto al impuesto al patrimonio el proyecto de ley establece que “se genera por la posesión del mismo al 1 de enero del año 2019, cuyo valor sea igual o superior a $3.000 millones. Para efectos de este gravamen, el concepto de patrimonio es equivalente al total del patrimonio bruto del contribuyente poseído en la misma fecha menos las deudas a cargo del contribuyente vigentes en esa fecha”

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