“No hay fraude”: Registraduría sobre los formularios E14

La entidad se pronuncia sobre las denuncias hechas por redes sociales.

La Registraduría Nacional del Estado Civil se pronunció sobre las numerosas denuncias realizadas en distintas redes sociales sobre las irregularidades del formulario E14 en los resultados de las pasadas elecciones presidenciales.

La entidad señala además que “Los tachones o enmendaduras no configuran un fraude. El Código Electoral contempla estas situaciones y la instancia en que se corrigen y solucionan está en las comisiones escrutadoras presididas por jueces de la República”.

COMUNICADO

  1. Es importante que la opinión pública conozca que el formulario E-14 (escrutinio de mesa), tiene tres ejemplares: i) El de trasmisión: El que se utiliza para la trasmisión de resultados el día de la votación; ii) El de Delegados: Es el que se utiliza para digitalizar y subir a la página web para que la ciudadanía allí los pueda consultar; iii) El de Claveros: Es el ejemplar que se utiliza para los escrutinios oficiales.

    2. Como se ha explicado reiteradamente en diferentes escenarios, puede ocurrir que en algún formulario E-14 exista un tachón o enmendadura, entre otras razones porque éstos son diligenciados por personas, los jurados de votación, y ellos pueden cometer errores al momento de diligenciarlos.

    Un ejemplo de esta situación se presenta en los E14 que han estado circulado profusamente en redes sociales. Consultados los correspondientes formularios E-14 de Claveros y el formulario E-24 de la comisión de escrutinio, se observa la coincidencia de los resultados. No hay ninguna irregularidad. (Ver imágenes en este comunicado).

    3. Los tachones o enmendaduras no configuran un fraude. El Código Electoral contempla estas situaciones y la instancia en que se corrigen y solucionan está en las comisiones escrutadoras presididas por jueces de la República. En ellas tienen asiento además, representantes de los partidos, testigos de los mismos e incluso los mismos candidatos, si así lo deciden.

    4. Hay que tener en cuenta que el Código Electoral señala que en caso de encontrar errores aritméticos al sumar los votos, los testigos, candidatos o representantes de los partidos, pueden solicitar recuentos de votos o presentar reclamaciones en el momento del escrutinio de mesa y de las comisiones escrutadoras.

    5. Para facilitar la revisión de los formularios E-14 la Registraduría Nacional del Estado Civil adoptó la decisión de brindar a las campañas un canal dedicado para que estas pudieran, desde el mismo 27 de mayo, examinar y descargar rápidamente de un servidor exclusivo para ellos los respectivos formularios.

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