¿Luis Guillermo Rubio entró para salir? Rugeles tendría una “rugida” legal

Por: Vanessa Milena Bermúdez-@LaBermúdez

¿Cantando victoria? 

En la mañana de hoy jueves, Luis Rubio Romero dio a conocer a la opinión pública su “victoria” ante el Alcalde Rugeles, por obtener que nuevamente lo nombraran en el cargo del que fue desvinculado el pasado 9 de mayo, a través del mecanismo de “Declaratoria de Insubsistencia”: la gerencia del SETP. 

La insubsistencia es una causal autónoma de retiro del servicio, aplicable para quienes estén desempeñando empleos de libre nombramiento y remoción -como los del gabinete huelguista- y esta se produce por la facultad discrecional de remoción de la que están investidas las autoridades nominadoras, en este caso, el Alcalde Rugeles,  con el propósito de hacer cesar la vinculación con el empleo para el cual un servidor fue designado.

El “amarre” de Rubio

Para  Luis Rubio él no podía ser declarado insubsistente, porque “nosotros tenemos en el SETP nuestros propios estatutos” y eso es cierto. De hecho, esa entidad no solo tiene su propio régimen, sino que el mismo fue convenientemente modificado, justo en lo que tiene que ver con el nombramiento y período de los gerentes. 

Según se lee de los “considerandos” del Decreto 115 del 14 de mayo de 2019, por medio del cual el Alcalde Rugeles revocó el nombramiento de Víctor Camargo como reemplazo de Luis Rubio en el SETP; el artículo 43 de los estatutos sufrió una modificación que estuvo oculta a Rugeles y que se hizo la misma semana en la que se le impuso Detención Domiciliaria a Rafael Martínez, es decir, el 19 de marzo y que luego se registró a toda prisa en la Cámara de Comercio el 2 de abril, cuando ya sentían el rugir del encargo de Duque. 

Con la reforma estatutaria adelantada con ocasión de la crisis política de Fuerza Ciudadana, se pretendió asegurar a “Memo” Rubio hasta el 31 de diciembre, en caso del temido remesón del gabinete con el nuevo alcalde encargado. La intención quedó develada con el hecho de que ni el Alcalde encargado ni sus asesores hubiesen sido puestos en conocimiento del cambio de estatutos que afectaba el cargo del gerente; tal como se plasmó en las consideraciones del mencionado decreto.

No todo está perdido, aún queda una rugida. 

Pese a lo anterior, hay que advertir que si el regreso de Luis Rubio Romero a la gerencia del SETP se da porque los estatutos fueron modificados para que el período gerencial se extienda hasta el 31 de diciembre; pues los mismos estatutos pueden modificarse nuevamente para cambiar el artículo 43 y cualquier otro que se requiera, a fin de garantizar la transparencia en la gestión de los recursos de ese megaproyecto.

Al alcalde Rugeles le basta una sesión de la Asamblea General del SETP, que es el máximo órgano de decisión de esa entidad; un visto bueno de la Junta Directiva, en la cual tiene mayoría la Nación  a través del Departamento Nacional de Planeación-DNP, el Ministerio de Transporte y el Ministerio de Hacienda -todos compañeritos de Rugeles en el Alto Gobierno- y los estatutos podrían ajustarse a los principios de legalidad y transparencia, que son la impronta rugeliana en su temporal paso por la Alcaldía de Santa marta. Falta ver si Rugeles se atreve.

Amanecerá y veremos.  

Lea el Decreto 115 de 2019 completo aquí   Decreto 115 – 2019 se revoca Decreto 108 2019

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