La interminable explicación del decreto de ‘Pico y Placa’

Por: Tata Sánchez Oviedo

Por lo visto el alcalde de Santa Marta aún no termina de explicar ‘los beneficios’ que pretende brindar a la ciudadanía con respecto al decreto de Pico y Placa para el gremio de motociclistas.

“Recordemos que el decreto de pico y placa se renovó con una novedad, quitamos un día de pico y placa para todos y lo dejamos con circulación sin parrillero, es decir, pasamos de un día sin moto, de no poder usar la moto por ser pico y placa, a poder usarla solo que sin parrillero. Con esto hemos tratado de beneficiar a toda la ciudad, pero también estamos atendiendo al requerimiento de los trasportadores formales que tienen razón frente a un detrimento de sus ingresos producto de la creciente informalidad, y ante esto ningún alcalde puede dejar de actuar y llevar a que el transporte público formal quiebre, porque eso nos convertiría en una ciudad que retrocede frente a sus aspiraciones de ser  moderna” afirmó el mandatario en una rueda de prensa, pasado el día sin parrillero.

Muy probablemente esperando que la ciudadanía se acostumbre al nuevo decreto que se presentó con un sinnúmero de aristas, el burgomaestre recordó a la ciudadanía la sanción monetaria por el incumplimiento de la norma y aclaró que las amonestaciones son tanto para conductores de motocicletas como para los acompañantes. “El valor de la infracción para los conductores que incumplan esta medida asciende a 15 salarios mínimos diarios legales vigentes, es decir 414.000 pesos, adicional a los costos asociados a la inmovilización del vehículo. De igual forma, según las normas vigentes también debe sancionarse al acompañante, en una sanción que se conoce como amonestación y tiene un valor aproximado de 138.000 pesos” puntualizó el funcionario.

Por otro lado, se encargó de dejar en claro que mediante el Decreto 325 del 05 de septiembre de 2019 se actualiza la restricción para la circulación y tránsito de vehículos tipo motocicletas, tal como se venía implementando, según el último digito de la placa de cada vehículo. Además, que dicho decreto NO invalida las disposiciones del 320 del 30 de agosto de 2019, por medio del cual se toman medidas de restricción y circulación de acompañante o parrillero para el ordenamiento de tránsito de motocicletas, motociclos, mototriciclos, motocarros y cuatrimotos, los días 15 y 30 de cada mes.

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