Una reciente investigación realizada y divulgada por los medios de comunicación La Silla Vacía y El Espectador han destapado los recursos que han invertido los precandidatos presidenciales Miguel Uribe Turbay y el señor German Vargas Lleras en publicidad política pagada al servidor de META.
Según la información que reposa en los mencionados medios de comunicación, estos candidatos han gastado un poco más de $300.000.000 (trescientos millones de pesos). Sin embargo, llama la atención que el candidato que lleva la delantera en esta ostentosa inversión de pauta es Miguel Uribe quien según la biblioteca de anuncios de META ha facturado 246 millones de pesos, mientras que Vargas Lleras ha gastado 60 millones de pesos.
Pese a que la pauta va dirigida a Meta quien ofrece servicios de pauta para realizar posicionamiento de imagen o producto en Facebook e Instagram, hay que resaltar que los anuncios llevan la etiqueta de anuncio político, lo cual es una publicidad como su nombre lo indica “Política” con una inversión exorbitante en un país en donde hablar de publicidad política extemporánea es considerado un delito electoral.
En las narices del CNE ¿Quién ejerce entonces el control?
Después de conocer los datos de inversión de estos candidatos, desde Elarticulo.co hacemos las siguientes preguntas al Consejo Nacional Electoral.
¿Por qué si la ley 1475 del 2011 y la ley 130 de 1994 son claras respecto a lo que son definición de campaña y propaganda electorales, entonces porque los candidatos con más de un año de anticipación a que se pueda hacer pauta según el calendario electoral están llamando al voto e incentivando a la ciudadanía para que los escoja a ellos en una eventual campaña política?
Ley 1475 de 2011 art. 34:
De la campaña electoral
Artículo 34. Definición de campaña electoral.
Para efectos de la financiación y de la rendición pública de cuentas, entiéndase por campaña electoral el conjunto de actividades realizadas con el propósito de convocar a los ciudadanos a votar en un determinado sentido o a abstenerse de hacerlo.
La propaganda electoral constituye una de las actividades principales de la campaña y cumple la función de promover masivamente los proyectos electorales sometidos a consideración de los ciudadanos o una determinada forma de participación en la votación de que se trate. La recaudación de contribuciones y la realización de gastos de campaña podrá ser adelantada por los partidos, movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos, durante los seis (6) meses anteriores a la fecha de la votación. Los candidatos, por su parte, sólo podrán hacerlo a partir de su inscripción.
Ley 130 de 1994 art 24:
ARTICULO 24.—Propaganda electoral. Entiéndese por propaganda electoral la que realicen los partidos, los movimientos políticos y los candidatos a cargos de elección popular y las personas que los apoyen, con fin de obtener apoyo electoral.
Esta clase de propaganda electoral únicamente podrá realizarse durante los tres (3) meses anteriores a la fecha de las elecciones.
Con estos artículos de presente, es de importancia mencionar que lo que han realizado los precandidatos German Vargas Lleras y Miguel Uribe Turbay, se ajusta a lo que esta por fuera de la ley, tanto cómo pauta política extemporánea como los tiempos del calendario electoral, los cuales son claros según la norma.
¿Encuestas infladas?
En los últimos meses los candidatos han difundido encuestas en donde aparecen con un alto índice de reconocimiento o de viralidad, lo que no se había analizado es que hoy esos han sido el resultado de una inversión de mas de $300 millones pesos en pauta política publicitaria, precisamente para ganar reconocimiento y posicionamiento, resultados que son lejos de lo que el público orgánico reconoce en redes sociales, por lo que el resultado que presentan a la sociedad esta lejos de representar la realidad política de la intención de voto de la derecha.
¿Quién paga la pauta, quién da la orden y quienes son esas agencias contratadas para pauta?
Debido a las irregularidades denunciadas por los medios de comunicación La Silla Vacía y El Espectador, esta casa periodística Elarticulo.co enviará un derecho de petición a la agencia Deeploy Agency, con el fin de conocer quien es la persona que ha dado la orden o ha contratado con esta agencia para pautar grandes sumas de dinero a favor del candidato Miguel Uribe Turbay.
Cual es el direccionamiento del congresista Miguel Uribe Turbay, para el objetivo de estas pautas políticas, a más de un año de las elecciones presidenciales, teniendo en cuenta que la suma es excesiva teniendo en cuenta la situación por la que atraviesa el país.




