Comerciantes podrán defenderse ante cierres

Por Katia Vásquez

De acuerdo a las cifras entregadas por Fenalco, en el año 2017 fueron suspendidos temporalmente 37mil establecimientos, en 2018 la cifra ascendió a 57mil y tan solo durante el mes de enero de 2019 ya se habían suspendido aproximadamente mil, para un total de 95mil comercios cerrados temporalmente.

Con el propósito de evitar cierres injustos de establecimientos comerciales, Fenalco hace un llamado a los alcaldes y a las Secretarías de Gobierno para que socialicen y den a conocer a las autoridades los ajustes realizados por el Congreso para que se proceda de conformidad con la nueva legislación.

De igual modo, Fenalco celebró que, en el marco del Plan Nacional de Desarrollo, se hayan devuelto las facultades a los inspectores de policía para verificar el cumplimiento de los requisitos de apertura y funcionamiento, determinados en el artículo 87 del Código de Policía, en aras de garantizar que los comerciantes puedan ejercer su derecho de defensa.

De acuerdo a lo informado, muchos de los comerciantes se beneficiaran debido a que los establecimientos ya no estarán en peligro de ser cerrados por una interpretación del policía, sobre una norma tan amplia como la que estaba vigente, que disponía el cierre al desarrollar la actividad económica sin cumplir cualquiera de los requisitos establecidos en la normatividad vigente.

Por su parte el presidente de Fenalco, Octavio Quintero, indicó que con las medidas impuestas por el Código de Policía era como si ejercer el comercio fuera un foco de alteración al orden público, “habíamos pasado de un régimen de sanción gradual, a un esquema policivo represivo, con unos procedimientos confusos, en los que reinaba la subjetividad y que no atendían las garantías del debido proceso, ni los principios de necesidad, proporcionalidad y racionalidad”.

 “La regla era cerrar los establecimientos por 10 días, sin posibilidad de defensa. Durante 2017 se suspendieron 37.020 establecimientos; en 2018 la cifra ascendió a 57.082 y tan solo durante el mes de enero de 2019 ya se habían suspendido 1.610 más, para un total de 95.712 comercios cerrados temporalmente.”, agregó Quintero.

Fenalco considera que la revisión y análisis de documentos por parte de la Policía no es un indicador de convivencia, formalización y promoción de la prosperidad general. En todo caso, tampoco forma parte de la actividad policial, la cual debe estar dirigida y orientada a la preservación del orden público.

Finalmente, el presidente de Fenalco, concluyó diciendo que “la Policía debe velar por la seguridad de la ciudadanía, intervenir cuando haya riñas y disturbios y no dedicarse a revisar documentalmente requisitos que tienen una complejidad técnica sobre la que no tienen conocimiento suficiente, especialmente los referentes al control del uso del suelo o la normativa sanitaria, asuntos que son de competencia de otras autoridades de control”.

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