Procuraduría formuló cargos y prorrogó suspensión provisional a funcionario de Migración Colombia que habría golpeado a viajero

El funcionario deberá estar separado de su cargo por tres meses más, sin derecho a remuneración.

​La Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos y prorrogó la suspensión provisional por tres meses sin derecho a remuneración, a Jaime Alonso Sánchez, funcionario de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, que habría agredido a un ciudadano en el Aeropuerto Internacional El Dorado, en Bogotá.

Según la investigación, el 24 de noviembre 2022 el investigado habría atendido a Juan Ramón Camarillo Peñaranda quién le solicitó orientación para efectuar su trámite migratorio de ingreso a Colombia, tiempo durante el cual se habría producido un intercambio de palabras, al parecer soeces, que terminaron en una agresión física al viajero.

En consecuencia, el oficial de migración en ejercicio de sus funciones habría golpeado a Camarillo Peñaranda en su rostro y pierna izquierda, produciéndole lesiones que le generaron una incapacidad médico legal definitiva de 5 días.

El ente disciplinario escuchó la declaración del presunto afectado y del supervisor Omar Hernando Roldán Cruz, entre otros testimonios, quienes corroboraron los hechos ya mencionados. Además, se allegó como prueba, el dictamen médico legal realizado por el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, que estableció las lesiones sufridas por el ciudado.

Señala el pliego de cargos que las presuntas agresiones verbales que el investigado dice que sufrió, no justifican su actuar pues” estaba en el deber de guardar el decoro, usar fórmulas de arreglo conciliatorio, evitar las agresiones, respetar al usuario y, al sentirse desbordado por alguna actitud de este alejarse de la situación en aras de evitar la confrontación”.

A juicio del Ministerio Público, el disciplinado conocía que este actuar era ilícito y contrario a la función pública que ejerce y pese a ello, de forma consciente y voluntaria decidió realizarlo.

Por tanto, la conducta objeto de investigación fue calificada provisionalmente como falta gravísima a título de dolo.

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