Por: Tata Sánchez Oviedo
Ahora Santa Marta contará con dos días sin moto, esto a modo de respuesta a las quejas y peticiones que los conductores de buses habían solicitado anteriormente.
Por medio del decreto número 258, del 17 de julio de 2019, ahora se tomarán medidas de restricción y circulación de motocicletas, motociclos, mototriciclos, motocarros y cuatrimotos en esta ciudad.
De acuerdo al decreto que lleva la firma de la directora Jurídica y delegataria con funciones de Alcaldesa Distrital encargada, Martha Isabel Castañeda Curvelo, y la secretaria de Movilidad Multimodal y Sostenible, Claudia Patricia García Burgos; se decreta la restricción de circulación de motocicletas, motociclos, mototriciclos, motocarros y cuatrimotos, en el área urbana de la jurisdicción del Distrito de Santa Marta, los días quince (15) y treinta (30) de cada mes.
Esta medida de restricción no aplica para motocicletas, motociclos, mototriciclos, motocarros y cuatrimotos utilizados por:
- La caravana presidencial
- Los organismos de seguridad del Estado que pertenezcan y hagan parte de las Fuerzas Armadas de Colombia
- Policía Nacional
- Cuerpo Técnico de investigación (C.T.I.)
- El INPEC
- Fiscalía General de la Nación
- Los que ejerzan funciones legales de Policía Nacional.
De igual forma, quedan excluidos los vehículos de entidades oficiales debidamente acreditados, autoridades de tránsito, autoridades judiciales; autoridades de control, Procuraduría, Contraloría, Personería y Defensoría del Pueblo; personal de los organismos de socorro, vehículos pertenecientes al cuerpo de bomberos, empresas de vigilancia y seguridad privada; personal operativo de las empresas de servicios públicos domiciliarios, cuerpo de control de la Secretaria de Movilidad y personal de mensajería debidamente certificado.
Este decreto rige a partir de su publicación con vigencia hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2019 y deroga las disposiciones que le sean contrarias.