Docentes a pagar clases que dejaron de dar por paro nacional

En el documento se exige la reposición del tiempo académico que no recibieron los estudiantes por la participación de sus maestros en los ceses de actividades.


Por: Redacción El Articulo.co

Mediante la circular número 17 del 2021 emitida por el Ministerio de Educación Nacional, ordenó a los docentes y directivos de los colegios oficiales del país reponer las clases no dictadas debido al Paro Nacional que inició el pasado 28 de abril y se prolongó hasta junio.


En aras de garantizar los derechos fundamentales de todas las personas y equidad de oportunidades, especialmente de los niños y jóvenes, la circular resalta la Ley 734 de 2002 “Código Disciplinario Único” Artículo 34 que resalta la importancia de prestar este servicio esencial para garantizar el cumplimiento del Estado.

Dicha labor, “debe ser adelantada con diligencia, eficiencia e imparcialidad procurando prestar un buen servicio a la comunidad y abstenerse de cualquier acto u omisión que cause la suspensión o perturbación injustificada de un servicio esencial, o que implique abuso indebido del cargo o función, y así, prevenir la afectación del interés general”, establece la Ley 734 y la circular 17.

Finalmente, la autoridad Nacional en Educación advirtió que de ser necesario serán descontados los días en los que los docentes o directivos no prestaron sus servicios.

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