La decisión proferida hizo evidente la pretensión del Ministerio Público, por lo que Corpocesar deberá medir el ruido ambiental de Valledupar.
El Consejo de Estado dejó en firme el fallo del Tribunal Administrativo del Cesar, reconociendo la demanda de la Procuraduría General de la Nación en contra de la Corporación Autónoma Regional del Cesar, que le pedía cumplir con su obligación como máxima autoridad ambiental en su jurisdicción y elaborar el mapa de ruido ambiental de la ciudad.
Como consecuencia de lo anterior y al analizar las normas invocadas como incumplidas en la demanda, el Consejo de Estado le otorgó a Corpocesar un plazo de 6 meses para atender la normativa expedida por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, disponiendo los primeros 3 meses para la elaboración el mapa del ruido ambiental correspondiente para Valledupar y, de los 3 meses siguientes para efectuar su respectivo plan de descontaminación de ruido ambiental con su cronograma de implementación.
Frente a las evidencias citadas por el ente de control, que analizaban las normas invocadas como incumplidas, el Consejo de Estado precisó que la decisión obedece a la necesidad constitucional de acatar los mandatos expedidos, máxime cuando el incumplimiento de las obligaciones se ha prolongado por un largo periodo de tiempo, a pesar de que la procuraduría efectuó diversas gestiones y acercamientos, sin respuesta previa a la presentación de la acción de cumplimiento.
Finalmente, el fallo proferido por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta, también precisó que en dicho plazo, la corporación deberá rendir informe al juez de la primera instancia sobre el mentado cumplimiento y las acciones concretas para tal fin.