Confinamiento total en Santa Marta del 9 al 12 de abril: cómo funcionará, medidas, restricciones y qué se podrá hacer

Con el propósito de controlar los contagios de Covid-19 en la ciudad, la Alcaldía de Santa Marta, emitió el decreto 077 del 9 de abril, en el que se establecen nuevas restricciones en la ciudad.

Por: Redacción ElArtículo.co

La alcaldesa de Santa Marta, Virna Johnson, anunció que la capital del Magdalena vivirá nuevamente un confinamiento durante las 06:00 horas de hoy viernes 9 de abril hasta las 05:00 de la mañana del lunes 12 de abril de 2021. La medida se llevó a cabo luego del anuncio del Gobierno Nacional en el que se sugirió que las ciudades con mayor ocupación de camas UCI tomaran medidas para evitar un colapso en el sistema de salud.

A través del Decreto 077 del 9 de abril de 2021, la alcaldesa anunció que la medida evitará que haya más contagios en la capital.

El decreto precisa que se restringe la movilidad de personas y circulación de vehículos por vías y lugares públicos en la zona urbana y rural del Distrito de Santa Marta desde las 6:00 p.m. del viernes 09 de abril de 2021, hasta las 5:00 a.m. del lunes 12 de abril de 2021.

Además, con la implementación de la nueva medida se suspenden los tres días de confinamiento y el cierre de playas que se había estipulado en los decretos 068 y 069 del 24 de marzo a partir del 12 de abril, es decir, este domingo 11 será el último día de confinamiento en la ciudad.

A partir del día 12 de abril de 2021 y hasta el día 19 de abril de 2021, la población podrá salir de acuerdo con el último dígito de la cédula de ciudadanía, documento de identidad y/o pasaporte de otras nacionalidades.

De acuerdo con lo expuesto en el artículo cuarto del decreto 077 emitido este viernes por el Distrito, las medidas de confinamiento tres días a la semana serán suspendidas hasta el 19 de abril, mientras rige el decreto 077 con las recomendaciones del Gobierno Nacional.

Las excepciones contemplan la circulación de ciudadanos autorizados en el Decreto 1076 de 2020 del Ministerio del Interior, además de los servicios domiciliarios, droguerías, movilización del personal de la salud y de vigilancia.

“En todos los casos se garantiza el acceso de alimentos, medicamentos, servicios médicos, bienes de primera necesidad y todos los servicios que permitan el normal funcionamiento del Estado. Los supermercados, tiendas de cadenas, tiendas de barrio, restaurantes podrán prestar sus servicios, a través de sus plataformas electrónicos y o digitales, para entrega a domicilio”.

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